Los estudiantes cuentan con el beneficio que otorga el seguro escolar, que señala: “ Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales, Municipales y / o particulares, dependientes del estado y/ o reconocidos por este, quedaran sujetos al seguro escolar contemplado en el artículo 3° de la ley 16.774 por los accidentes que sufran durante sus prácticas educacionales o profesionales, en las condiciones y con las modalidades que se establecen en el presente decreto” . En el caso de nuestro establecimiento los alumnos serán trasladados a Urgencia del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena.
En la eventualidad de que un alumno de nuestro liceo se vea afectado por un accidente en el liceo o durante el trayecto al liceo, el protocolo de actuación se detalla a continuación.
Accidentes leves: Son aquellos en los cuales el estudiante resulta con lesiones superficiales que no le impiden su conciencia ni autonomía.
Procedimiento:
- 1.- Los estudiantes serán llevados a la enfermería por el docente o asistente de la educación que se encuentre en ese momento. Si se encuentra en recreo, un inspector será quien lo lleve.
- 2.- El Inspector General será quien realice las acciones de examinar al estudiante y evaluar la complejidad de su accidente.
- 3.- Luego se comunicara con el apoderado para informar la situación.
Accidentes Graves: Son aquellos que requieren de atención médica inmediata como caídas de altura, golpe fuerte en la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, perdida del conocimiento, quemaduras, atragantamientos por comida u objetos, etc. O casos de problemas de salud repentinos que pueden poner en riesgo la integridad física del alumno.
Procedimiento:
- 1.- El docente o asistente de la educación avisara inmediatamente a Inspectoría General y/o Dirección. En caso que suceda en recreos, será el asistente de la educación el encargado de avisar a los anteriormente señalados.
- 2.- En estas situaciones el Inspector llamara al apoderado para informarle y tomar la decisión de llevar o no al estudiante al servicio de salud o esperar su arribo para hacerlo bajo su cuidado directo.
- 3.- En caso de ser enviado al hospital con algún miembro del liceo, este deberá esperar en el centro asistencial a su apoderado, entregar el parte de accidente escolar y dejara al estudiante bajo el cuidado de su tutor.
- 4.- En caso de accidente el inspector será el responsable de dejar registro en el libro de salida de los estudiantes y extender el Parte de Accidente Escolar para ser presentado en el servicio de salud.
CONSIDERACIONES GENERALES
- a.- El liceo no puede administrar medicamentos a los estudiantes en caso de enfermedad repentina o accidente.
- b.- Los números de teléfonos de los apoderados deberán estar actualizados y disponibles en el sistema de administración digital del establecimiento y libros de clases. Es responsabilidad del apoderado informar cambios de números de telefónicos.
- c.- En todos los casos de accidente dentro del liceo, como así mismo en el trayecto entre el hogar y el colegio, las salidas pedagógicas, los alumnos están cubiertos por el Seguro escolar Estatal para la atención gratuita en un centro de salud pública.
- d.- El formulario de partes se encuentra disponible para ser completado en Inspectoría.
- e.- A los estudiantes que se encuentren enfermos, se les registrará su nombre, curso, fecha, hora y se informará telefónicamente a su apoderado, para su eventual retiro. No es responsabilidad del liceo llevar a un alumno enfermo (resfriado, dolor de estomago, etc) al médico o centro asistencial, sino de su apoderado.